Oferta de batería virtual: cómo detectar la letra pequeña

Una oferta de batería virtual no se compara como una tarifa. En una tarifa miras el precio del kWh y ya tienes casi todo; aquí el precio del kWh es lo de menos, porque lo que decide si ganas o pierdes está repartido entre siete u ocho condiciones que casi nunca aparecen en el folleto.

Esta es la lista de preguntas que hay que hacer, en el orden en que conviene hacerlas. Están pensadas para leerlas con la oferta delante y anotar la respuesta al lado. Y todas se piden por escrito: lo que te digan por teléfono no se puede reclamar después.

1. ¿A qué precio valoráis mi kWh excedentario?

Es la primera porque condiciona todas las demás. En el mercado libre el precio del excedente no lo fija ninguna norma: el Real Decreto que regula el autoconsumo dice que se valora al precio acordado entre las partes. O sea, el que tú aceptes.

Bandera roja: que te respondan con el saldo acumulado en vez de con el precio. Una aplicación que muestra muchos kWh guardados a un precio bajo puede rendir menos que una compensación normal bien pagada. Compara siempre céntimos por kWh, nunca saldos.

2. ¿Ese precio es fijo o va indexado?

Si es indexado, tu ahorro depende de un mercado que no controlas y la comparación que hagas hoy no vale para dentro de seis meses. Si es fijo, pregunta durante cuánto tiempo y qué ocurre al vencer ese plazo.

Bandera roja: «precio garantizado» sin plazo. Garantizado hasta cuándo.

3. ¿Qué conceptos de la factura descuenta el saldo?

El mecanismo regulado descuenta el término de energía, y lo hace antes de impuestos. Todo lo que vaya más allá (potencia, alquiler del contador, impuestos, otros suministros) es una condición comercial de esa compañía, no un derecho, y por tanto puede cambiar cuando cambie el contrato.

Bandera roja: que la respuesta sea «se descuenta de tu factura» sin especificar de qué parte. Es la ambigüedad más rentable para quien vende.

4. ¿Hay tope, y qué pasa con lo que lo supere?

Pregunta si existe un límite mensual de saldo aplicable y qué ocurre con el exceso: si se arrastra, si se pierde o si simplemente no se acumula. Aquí está buena parte de la diferencia entre una oferta y otra, y lo explico con detalle en el artículo sobre el tope de la compensación.

Bandera roja: que no exista respuesta escrita a esta pregunta.

5. ¿Cuándo caduca el saldo?

Casi todas las ofertas tienen alguna forma de caducidad, y es razonable que la tengan. Lo que no es razonable es no saberla. Pregunta el plazo exacto y desde cuándo cuenta: desde que se genera cada kWh o desde el cierre de cada periodo.

Bandera roja: «no caduca», sin más. Casi siempre significa que caduca por otra vía, normalmente al cambiar de tarifa o al darte de baja.

6. ¿Cuánto cuesta el servicio al año, todo incluido?

No preguntes la cuota: pregunta el coste anual total. Muchas ofertas no cobran cuota pero obligan a contratar una tarifa concreta, y el sobrecoste está ahí. La cifra que necesitas es cuota más diferencia de tarifa frente a lo que pagas hoy.

Bandera roja: «es gratis». Si fuese gratis no habría producto.

7. ¿Me obliga a una tarifa concreta?

Si la respuesta es sí, pide el precio de esa tarifa y compáralo con el de la tuya actual, hora a hora si es de discriminación horaria. Este cálculo se hace igual que comparar presupuestos de instalación: normalizando a la misma unidad antes de comparar nada.

Bandera roja: que la tarifa obligatoria no aparezca en la oferta y haya que buscarla en otra página de su web.

8. ¿Hay permanencia?

Y si la hay, cuántos meses y con qué penalización. Es lo único que puede convertir una decisión reversible en una irreversible, y por tanto lo que más eleva el riesgo de equivocarse.

Bandera roja: permanencia larga combinada con precio indexado. Te ata a un producto cuyo rendimiento no está definido.

9. Si me marcho, ¿qué ocurre con lo acumulado?

La pregunta que menos se hace y la que más dinero decide. El saldo de una batería virtual no figura en la norma del autoconsumo, así que su suerte depende del contrato por completo. Lo mismo ocurre al cambiar de comercializadora, donde además hay que rehacer el contrato de compensación con la compañía entrante.

Bandera roja: que te remitan a las condiciones generales sin concretar la cláusula. Pide el número de cláusula.

10. ¿Quién tramita mi contrato de compensación, y me lo confirmáis?

Para que te compensen hace falta un contrato de compensación remitido a la distribuidora, con su solicitud expresa de aplicación. No se aplica sola por tener placas. Si contratas una batería virtual junto con un cambio de compañía, esto tiene que quedar tramitado o estarás vertiendo gratis mientras tanto.

Bandera roja: «de eso se encarga el sistema». Pide confirmación escrita de que se ha remitido.

La cuenta que decide si esa oferta de batería virtual te conviene

Con las diez respuestas escritas, la decisión es aritmética y cabe en cuatro líneas. El objetivo es comparar lo que te cuesta el servicio con lo que de verdad puede rescatarte, que no es tu excedente anual sino solo la parte que hoy se pierde.

ConceptoDe dónde saleTu cifra
A. Valor del excedente que hoy pierdesSuma de los meses en que tu compensación igualó el término de energía___ € al año
B. Cuota anual del servicioRespuesta 6___ € al año
C. Sobrecoste de la tarifa obligatoriaRespuesta 7, frente a tu tarifa actual___ € al año
ResultadoA menos B menos CSi sale negativo, no

El dato A se saca de tus doce últimas facturas y es el que casi nadie calcula; cómo localizar las líneas está en tu factura de la luz y el mecanismo, en la compensación de excedentes. Y si además estás valorando una batería física, conviene leer la comparación con la batería física antes de decidir, porque instalarla reduce tu excedente y con él lo que una virtual puede rescatarte.

Preguntas frecuentes

¿Por qué no comparáis ofertas concretas de cada compañía?

Porque las condiciones cambian cada pocos meses y una comparativa con nombres estaría desfasada antes de que la leyeras. Las diez preguntas, en cambio, sirven igual dentro de dos años.

¿Puedo negociar el precio del excedente?

Puedes intentarlo, porque en el mercado libre es un precio acordado entre las partes y no un valor regulado. En la práctica depende del tamaño de tu instalación y de la compañía.

Si la oferta es buena en todo menos en la permanencia, ¿compensa?

Depende de cuánto cambie el mercado, que es justo lo que no puedes saber. Como regla, cuanto más indexado sea el precio del excedente, menos permanencia conviene aceptar.

Esta guía no valora ofertas concretas ni cita importes de mercado: describe qué preguntar y por qué. El marco regulado que se menciona (precio acordado entre las partes, descuento sobre el término de energía, contrato de compensación ante la distribuidora) procede del Real Decreto 244/2019, leído el 30/08/2026. Todo lo demás es condición contractual y varía entre compañías.

Para llegar preparado

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